Inicio
Actualidad

Endoso de tickets aéreos a punto de ser ley

El proyecto que permite traspasar los tickets aéreos o retractarse de la compra fue aprobado en el Senado.

A un paso de convertirse en ley quedó el proyecto que permite a los pasajeros de vuelos nacionales ceder sus tickets aéreos hasta dos veces al año, luego que la Sala del Senado aprobara por unanimidad el informe de la Comisión Mixta que zanjó las diferencias que surgieron entre ambas ramas del Congreso.

La iniciativa permitirá también que los pasajeros se retracten de su compra y reciban el reembolso de esta.

Fue la presidenta de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, senadora Ximena Órdenes, quien explicó los acuerdos que se lograron en torno a la normativa. Luego, la Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, Gloria Hutt, destacó el trabajo hecho por los parlamentarios que evaluaron todos los escenarios para evitar el mal uso de esta legislación.

"Uno de los problemas más serios que podíamos tener es que se podía abrir la posibilidad real de tener un mercado negro y se perdieran los pasajes baratos…resolvimos bien eso y se está actualizando lo que el país requiere", señaló el senador Alejandro García Huidobro.

senado.jpg
En la sesión que aprobó el proyecto de endoso de tickets aéreos estuvo presente la ministra de Transportes, Gloria Hutt.

En la sesión que aprobó el proyecto de endoso de tickets aéreos estuvo presente la ministra de Transportes, Gloria Hutt.

Detalles del proyecto

El proyecto tuvo su origen en distintas mociones, una de ellas del actual senador David Sandoval, y en lo fundamental regula la cesión del derecho a ser transportado en vuelo de cabotaje; regula la cesión del pasaje y el derecho a retracto en la compra de los pasajeros.

El proyecto aprobado por el Senado establece que los pasajeros podrán ceder su ticket hasta las 24 horas anteriores al horario del vuelo, de manera presencial o a través de la página web de la aerolínea, podrán hacerlo hasta por un máximo de dos veces en el año, a razón de una por semestre bajo determinadas condiciones.

Asimismo, dispone que un pasajero podrá poner término unilateralmente al contrato de transporte aéreo en vuelos nacionales, con derecho al reembolso completo de lo pagado, y sin que se le pueda aplicar descuento alguno. Ello, si lo hace dentro de las 48 horas posteriores a la adquisición de un pasaje, cuya salida se encuentre programada para dentro de los siete días corridos siguientes; o dentro de los siete días posteriores, contados desde la fecha en la que se compra el pasaje, cuando se trate de vuelos que deban realizarse en un plazo igual o superior a los 180 días desde la adquisición del pasaje.

Ver también: INE: ocupados en turismo aumentan un 35%

Temas relacionados

Deja tu comentario