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Turismo aventura: Chile actualiza normas de seguridad e incorpora por primera vez el salto bungee

Con un marco regulatorio renovado tras dos décadas, Chile fortalece la seguridad en el turismo aventura, sumando el salto bungee como actividad reglamentada.

En pocas palabras

  • Chile actualiza: Normativas de seguridad para turismo aventura, incorporando salto bungee.
  • Nuevas exigencias: Incluyen edad mínima, certificados médicos y ratios de guías para salto bungee.
  • Marco regulatorio: Se complementa con proyecto de Ley de Turismo Aventura para desarrollo seguro.
Resumen generado por Thinkindot AI

El turismo aventura en Chile dio un nuevo paso hacia la modernización de su marco regulatorio. La publicación de la Resolución Exenta N°271 del Servicio Nacional de Turismo (Sernatur) actualiza los estándares técnicos para 15 actividades e incorpora, por primera vez, una norma específica para el salto bungee, una disciplina que hasta ahora no contaba con regulación técnica en el país. (Senado aprueba en general proyecto que endurece exigencias para el turismo aventura en Chile)

El nuevo marco reemplaza estándares que llevaban cerca de dos décadas vigentes, incorporando criterios de seguridad, mejoras operacionales y buenas prácticas acordes con la evolución de la industria y las referencias internacionales.

Nuevas exigencias para el turismo aventura

Las normas actualizadas abarcan actividades como montaña, alta montaña, trekking, senderismo, actividades ecuestres, cicloturismo, escalada en roca, pesca recreativa, observación de biodiversidad, cañonismo, canopy, sandboard, parapente y vehículos todo terreno. Además, el proceso permitió desarrollar dos nuevas normas: un vocabulario técnico para el turismo aventura y la primera regulación específica para el salto bungee.

Esta última establece requisitos relacionados con las instalaciones, el equipamiento, las competencias del personal, la gestión de riesgos y los protocolos de emergencia para los operadores que ofrezcan esta experiencia.

Entre las exigencias destacan una edad mínima de 12 años —con autorización de padre, madre o tutor legal en el caso de menores de edad—, certificado médico obligatorio para personas mayores de 60 años, un rango de peso permitido entre 40 y 175 kilos y la obligación de verificar ese peso en dos oportunidades antes del salto. Asimismo, cada operación deberá contar con tres guías por cada cliente que participe en la actividad.

Un complemento al proyecto de Ley de Turismo Aventura

La actualización normativa se suma al proyecto de Ley de Turismo Aventura, iniciativa que ya fue aprobada en general por el Senado y que continúa su tramitación legislativa. Según la autoridad, ambas iniciativas buscan fortalecer el desarrollo seguro y sostenible de uno de los segmentos más competitivos de la oferta turística nacional.

La subsecretaria de Turismo, María Paz Lagos, destacó que "Chile ha sido reconocido en siete ocasiones como el Mejor Destino de Turismo Aventura del Mundo en los World Travel Awards, y ese liderazgo también nos exige avanzar con decisión en seguridad". Agregó que la actualización de las normas y la incorporación del salto bungee "son pasos muy importantes" para que quienes visiten el país puedan vivir estas experiencias "con confianza y seguridad".

Por su parte, el director nacional de Sernatur, Cristóbal Benítez, sostuvo que la actualización "representa un avance significativo para el sector turístico" y destacó que la norma sobre salto bungee y puenting crea por primera vez un estándar técnico específico para esta actividad en Chile.

La resolución ya se encuentra publicada en el Diario Oficial y disponible para consulta en el Portal de Servicios Turísticos de Sernatur.