La Junta de Aeronáutica Civil (JAC) publicó la propuesta de modificación del reglamento de licitación pública de asignación de frecuencias aéreas. Acción antecede a la audiencia de JetSMART frente al Tribunal de la Libre Competencia (TLDC) por las frecuencias Santiago – Lima, una línea aérea que ha acusado ser perjudicada por las condiciones actuales de regulación del mercado.
JAC publica propuesta para modernizar reglamento de asignación de frecuencias aéreas
Documento de la JAC incorpora 14 nuevos artículos, con énfasis en las condiciones para determinar el abandono de frecuencias aéreas.

JAC abrió un periodo de consulta pública sobre la propuestad de nuevo reglamento de frecuencias aéreas, disponible para recepcionar inquietudes hasta el próximo 21 de agosto.
“Se ha estimado modernizar el antedicho reglamento con el objeto de incentivar una oferta más eficiente de servicios de transporte aéreo cuando el número de frecuencias se encuentre restringido, adecuándolo a las actuales exigencias del mercado aéreo chileno”, señala la propuesta de la JAC.
El organismo, en esta línea, apunta a las consideraciones de varios organismos en pro de mejorar las condiciones de mercado.
“El Tribunal de la Libre Competencia, entre otros organismos públicos, ha considerado oportuno incorporar reglas de adjudicación y abandono de frecuencias aéreas que favorezcan una mayor competencia y corrijan la alta concentración que evidencian algunas rutas del mercado aeronáutico, así como también los bajos niveles de usos que operadores aéreos tienen respecto de las frecuencias de que son asignatarios”.
Mayor profundización en artículos
La propuesta de la JAC está compuesta de 21 artículos y uno transitorio, marcando una modernización importante respecto al Decretó Supremo de 1981, compuesto sólo por 7.
Define un periodo de 8 años para la asignación de cada ruta aérea, determinando su asignación “al operador aéreo que proponga como oferta el mayor porcentaje de uso de todas las frecuencias aéreas internacionales de que sea asignatario en la ruta respectiva”.
Pone énfasis, además, en la capacidad de operación de las rutas y en el porcentaje de uso que las líneas aéreas cumplan por semana en relación con los tramos que tienen bajo su gestión.
"Se entenderá que se ha producido el abandono de una o más frecuencias de una ruta determinada cuando el asignatario no haya cumplido, en un período móvil de 26 semanas consecutivas, con el porcentaje de uso que se encuentre obligado a cumplir según lo dispuesto en este reglamento", dice el artículo 16.
Subraya, además, que las aerolíneas que pierdan una determinada frecuencia no podrán optar nuevamente a adjudicarse la misma ruta en la licitación.
Frecuencias aéreas asignadas sin fecha de caducidad
Uno de los puntos más cuestionables, tal como lo manifestó JetSMART, tiene que ver con rutas aéreas que, en el caso de Santiago - Lima, corresponden a tramos otorgados a Latam Airlines y Sky Airline sin fecha de caducidad.
En esta línea, se incorporó una disposición en la cual se estipula que dichas frecuencias asignadas antes de la entrada en vigencia del nuevo reglamento mantendrán las condiciones en que fueron otorgadas. No obstante, sí están sujetas a eventuales términos por condición de abandono.
“A los asignatarios de dichas frecuencias aéreas les será aplicable lo dispuesto en el Título VI del presente reglamento”, detalla el documento, en relación con al abandono de frecuencias.
Mercado de aviación comercial pasa por días claves
La publicación de la propuesta llega justo un día antes de la audiencia convocada por el TLDC, ante la consulta de JetSMART por la asignación de rutas Santiago - Lima este 31 de julio
Considera un periodo de consulta pública abierta a la ciudadanía hasta el próximo 21 de agosto.
El día 4 de septiembre el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones volverá a publicar un documento contestando a las inquietudes que surjan durante las próximas semanas.
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