La Cámara Nacional de Comercio y Servicios Turísticos (CNC) difundió una guía actualizada —al 9 de diciembre de 2025— para aclarar cómo deberá operar el comercio durante la segunda vuelta presidencial, que se realizará el domingo 14 de diciembre. Tal como ocurrió en la primera ronda, el voto será obligatorio, y quienes no acudan a sufragar sin una justificación válida se exponen a multas.
CNC informa del funcionamiento del comercio durante la segunda vuelta presidencial
La CNC detalló cómo deberá operar el comercio durante la segunda vuelta presidencial del 14 de diciembre.
La CNC infromó cómo funcionará el comercio para la segunda vuelta presidencial.
Feriado irrenunciable en malls y centros comerciales
Según lo detallado por la CNC, el día de la elección será feriado irrenunciable exclusivamente para los trabajadores de establecimientos ubicados dentro de centros o complejos comerciales administrados por una misma razón social, incluyendo malls, strip centers y galerías.
El descanso deberá iniciarse a las 21:00 horas del sábado 13 de diciembre y finalizar a las 06:00 horas del lunes 15. Durante ese periodo, dichos recintos deberán permanecer cerrados.
Comercio que sí puede abrir
El resto de los comercios (es decir, aquellos que no operan dentro de malls o centros administrados bajo una misma razón social) puede funcionar con normalidad durante la jornada electoral.
Permiso obligatorio para que los trabajadores voten
Todos los colaboradores que deban trabajar ese día tienen derecho a un permiso mínimo de tres horas para sufragar, sin descuento en sus remuneraciones. La Dirección del Trabajo fiscalizará el cumplimiento, con multas que van desde 3 a 60 UTM, según tamaño de empresa y gravedad de la infracción (entre $208.626 y $4.172.520).
Este permiso también aplica para trabajadores designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de Junta Electoral, con el mismo rango de sanciones en caso de incumplimiento.
No habrá ley seca
El documento aclara que no existe prohibición para la venta de alcohol antes, durante o después de la elección.
Multas por no otorgar feriado obligatorio
La Dirección del Trabajo actualizó recientemente su Tipificador Infraccional, estableciendo que las empresas que no otorguen el feriado correspondiente a trabajadores de malls o strip centers enfrentarán multas que también fluctúan entre 3 y 60 UTM, dependiendo de su tamaño.
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