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40 horas en turismo: jornadas excepcionales y turnos, las claves para su aplicación

En una nueva edición de Fedetur Talks, el abogado Jorge Montes analizó cómo la Ley de 40 horas impacta al turismo.

Ese fue el enfoque de una nueva edición de Fedetur Talks, organizada por la Federación de Empresas de Turismo de Chile (Fedetur) instancia en la que Jorge Montes, abogado socio de Parga, Montes & Vasseur Laborales, analizó los principales desafíos laborales que enfrenta el sector.

Durante la exposición, el abogado insistió en que el turismo posee características operativas muy distintas a otros sectores económicos, lo que dificulta aplicar esquemas rígidos de jornada laboral.

“El rubro del turismo es un rubro excepcionalísimo y muy poco comprendido muchas veces”, afirmó Montes, agregando que tanto fiscalizadores como tribunales muchas veces desconocen la realidad de trabajo de hoteles, restaurantes y operadores turísticos.

Actualmente, la jornada ordinaria se encuentra en 42 horas semanales tras la reducción aplicada en abril de 2026, mientras que en 2028 entrará en vigencia la meta final de 40 horas. Sin embargo, el especialista sostuvo que la legislación no incorporó adecuadamente las particularidades de la industria turística.

“A mí me parece que el rubro del turismo, lamentablemente, ha sido bien olvidado en la Ley de 40 horas”, señaló.

Según explicó, durante la discusión legal no prosperaron propuestas vinculadas a flexibilidades específicas para hotelería, jornadas excepcionales o sistemas especiales asociados a continuidad operacional.

El debate sobre el artículo 22

Uno de los temas más comentados durante la charla fue la situación de trabajadores excluidos de limitación de jornada bajo el artículo 22 inciso segundo del Código del Trabajo.

Montes cuestionó las interpretaciones más restrictivas que han surgido respecto de estos cargos, particularmente en funciones donde existe alta autonomía operacional.

“Hay que revisar primero cuáles son los cargos que tenemos y cuáles están excluidos de la limitación de jornada. No a tontas y a locas traspasar a todas las personas a jornada”, afirmó.

El abogado puso como ejemplo a los guías turísticos en destinos remotos como Torres del Paine, donde resulta difícil aplicar controles horarios tradicionales.

“El guía es una persona totalmente autónoma en el ejercicio de sus funciones”, sostuvo.

En esa línea, advirtió que el turismo requiere interpretaciones acordes a su realidad y defendió la necesidad de “educar” a los fiscalizadores respecto de la excepcionalidad del sector.

Promedios de cuatro semanas y jornadas excepcionales

Dentro de las herramientas que podrían ayudar a las empresas turísticas a adaptarse al nuevo escenario laboral, Montes destacó los sistemas de promedios de jornada en ciclos de cuatro semanas.

Este mecanismo permite distribuir semanas con mayor carga horaria y compensarlas posteriormente con semanas de menor intensidad, manteniendo el promedio legal exigido.

“Eso permite ir jugando entre semana y semana, entendiendo la carga que yo pueda tener”, explicó.

También recomendó explorar con mayor profundidad las jornadas excepcionales autorizadas por la Dirección del Trabajo, especialmente en operaciones alejadas de centros urbanos o con continuidad permanente.

“Utilicemos las herramientas de las jornadas excepcionales”, indicó, señalando que muchos casos del turismo podrían eventualmente calificar bajo ese esquema.

El abogado mencionó además la importancia de revisar reglamentos internos y actualizar sistemas de turnos antes de la entrada definitiva de las 40 horas en 2028.

Hotelería y trabajo dominical

Otro de los puntos abordados fue la diferencia entre trabajadores de hotelería y trabajadores del comercio, una distinción que impacta directamente en recargos dominicales y descansos compensatorios.

Montes defendió que la hotelería corresponde al artículo 38 del Código del Trabajo, ligado a servicios que requieren continuidad operacional.

“El hotel no puede decir: ‘El domingo no vamos a abrir’”, ejemplificó.

Bajo esa interpretación, los trabajadores hoteleros no se rigen por las mismas reglas de recargo dominical aplicables al comercio tradicional, aunque sí deben contar con descansos compensatorios y al menos dos domingos libres al mes.

Para Montes, el principal desafío de cara a 2028 será encontrar fórmulas que permitan compatibilizar productividad, continuidad de servicio y cumplimiento normativo en una industria marcada por la estacionalidad y la alta demanda operativa.