La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó a una agencia de viajes la restitución de una importante suma a un pasajero por pasajes aéreos que nunca fueron utilizados producto de la pandemia. El caso suma un nuevo episodio al debate sobre el polémico Artículo 43 de la Ley del Consumidor. (Agencias de viajes: abogada denuncia impunidad de las "agencias de cartón")
Corte de Santiago falla contra agencia de viajes y obliga a pago de pasajes aéreos
La agencia de viajes deberá restituir más de $1,6 millones a consumidor por pasajes cancelados en pandemia, reabriendo el debate por la regulación vigente.
Agencia de viajes deberá pagar a cliente costos de pasajes aéreos no utilizados debido a la pandemia, tras fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago.
Al analizar el caso, la Corte estableció que en febrero de 2020 el demandante adquirió un paquete turístico con destino a Punta Cana para tres personas, programado originalmente para mayo de 2020 y suspendido por las restricciones sanitarias.
Pese a que el cliente logró recuperar lo pagado por concepto de hotelería, no pudo readquirir el dinero correspondiente a los pasajes, los cuales fueron reprogramados con destino a Miami, con una diferencia de $312.264 que debió ser pagada por el demandante y que tampoco se pudo concretar debido a la pandemia.
Artículo 43 fue clave en fallo contra agencia de viajes
Durante el proceso, el Artículo 43 de la Ley del Consumidor fue clave para el fallo de la Corte contra la compañía. Según constató Diario Constitucional, la entidad fue categórica al señalar que "si bien la demandada no es la prestadora del servicio de transporte aéreo, al haber cumplido la labor de intermediación referida, es igualmente un sujeto pasivo de responsabilidad por incumplimientos contractuales frente al consumidor".
Asimismo, el fallo estableció que el caso fortuito o la fuerza mayor no constituyen un modo de eximir las obligaciones y que, si bien pueden justificar el incumplimiento, no liberan de toda responsabilidad a la agencia de viajes.
De esta manera, la compañía involucrada deberá restituir la suma de $1.686.811 al cliente, más reajustes e intereses, reavivando el debate por una legislación que pone en el centro de la problemática a las agencias, sin un amparo ante cancelaciones de aerolíneas y situaciones extraordinarias.
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