El proyecto de ley de las 40 horas laborales está en el Congreso. Por ello, diferentes gremios empresariales se han reunido con los parlamentarios para exponer su punto de vista frente a la iniciativa, sobre todo sus aprensiones.
40 horas: ¿cómo son las jornadas laborales en turismo?
Un proyecto de ley al cual el rubro turístico tiene puesto sus ojos ya que, o podría ser una oportunidad para generar mayor formalidad y mejores condiciones laborales, o podría convertirse en una nueva “camisa de fuerza” para las pymes del sector. Todo dependerá de los artículos que lleguen a su redacción final.
Y así, con la idea de que los parlamentarios conozcan las particularidades de la forma de trabajo en el sector, es que la Federación de Empresas de Turismo de Chile (Fedetur) -a través de su vicepresidenta ejecutiva, Helen Kouyoumdjian- presentó sus cartas frente a la Comisión de Trabajo del Senado.
“Nosotros trabajamos cuando los demás descansan. Este proyecto ley lo que va a permitir es que haya más tiempo para descansar. Y nosotros también vamos a querer trabajar cuando se produzca ese descanso”, dijo en la instancia Helen Kouyoumdjian.
¿Cómo se trabaja en el sector turístico?
Para dar cuenta de las condiciones de trabajo en las empresas del rubro, Fedetur presentó diversas cifras que definen al sector. Entre ellas, una encuesta realizada a sus socios para cuantificar los tipos de jornadas laborales de sus empleados.
“Nos encontramos con que es una industria que en su mayoría ocupa el inciso 2 del artículo 22, seguido por jornadas semanales de 6x1 o 5x2 en el régimen de 45 horas”, indicó la vicepresidenta ejecutiva de Fedetur.
El inciso 2 del artículo 22 del Código del Trabajo señala que pueden quedar excluidos de la limitación de jornada de 45 horas semanales los gerentes, administradores, apoderados con facultades de administración y todos aquellos que trabajen sin fiscalización superior inmediata.
Este artículo permite que ciertos trabajadores extiendan su jornada por más de las 45 horas legales, con libertad horaria. Por esta razón pueden decidir a qué hora entran y a qué hora salen del trabajo, lo cual se adecúa a una “industria sin horario”, tal como es el turismo.
Según la encuesta de Fedetur, un 57,4% del total de empresas del sector tienen trabajadores exentos de jornada bajo el artículo 22. Dividido por rubro, se usa en un 58% en alojamiento, un 60% en turoperadores y agencias de viajes, y un 50% en servicios gastronómicos.
La segunda modalidad de trabajo más utilizada son las jornadas semanales 6x1 o 5x2 con un máximo de 45 horas semanales (con o sin turnos rotativos), que están regidos por el artículo 22 y por el 28, el cual indica que el máximo semanal establecido por el artículo 22 no podrá distribuirse en más de seis ni en menos de cinco días. También expresa que en ningún caso la jornada ordinaria podrá exceder más de diez horas por día.
Del sondeo de Fedetur se desprende que un 56,7% de las empresas turísticas utiliza esta modalidad. Disgregado por subsectores, el alojamiento lo utiliza en un 73,9%, turoperadores y agencias de viajes en 22,9% y en gastronomía en 80%.
La tercera modalidad más utilizada es la jornada ordinaria de hasta 10 horas al día, en turnos rotativos 5x2, con un máximo de 45 horas semanales.
El estudio de Fedetur arrojó que el 50,4% de las empresas del sector lo utiliza. Específicamente en alojamiento lo hace un 49,3%; en turoperadores y agencias un 45,7% y en servicios gastronómicos un 45%.
¿Por qué hay tantos trabajadores exentos de jornada por el artículo 22 en turismo? Según explicó Helen Kouyoumdjian, esto se debe a que por un lado “esta es una industria principalmente pyme. Entonces, tenemos muchas pequeñas empresas que tienen 5, 8 u 10 trabajadores, donde tres o cuatro de estos trabajadores son supervisores o administradores del negocio, sin ningún tipo de restricción de jornada ”.
Luego agregó que “probablemente muchos lo toman para tener mayor flexibilidad o adaptabilidad a la situación que exige el propio negocio, que es un funcionamiento permanente”.
Más adelante indicó que el uso del inciso 2 de dicho artículo tiene que ver más con la naturaleza del negocio turístico que con la ocupación de cargos ejecutivos.
“Eso es por buscar maneras de poder operar en una industria que trabaja cuando los demás descansan”, dijo.
Poco uso del artículo 27
El artículo 27 del Código del Trabajo -que quedaría derogado en la nueva ley- establece que “lo dispuesto en el inciso primero del artículo 22 no es aplicable al personal que trabaje en hoteles, restaurantes o clubes - exceptuado el personal administrativo, el de lavandería, lencería y cocina-, cuando, en todos estos casos, el movimiento diario sea notoriamente escaso, y los trabajadores deban mantenerse constantemente a disposición del público”.
Según señaló la representante gremial, “el artículo 27 está un poco dirigido hacia nuestra industria, pero nos encontramos con la sorpresa de que es menos usado”.
Las cifras de Fedetur indican que el 12,8% del total de las empresas turísticas utiliza esta modalidad, quedando en el último lugar de la encuesta. Lo hace un 8,7% de los alojamientos, un 11,4% de los turoperadores y agencias de viajes y un 30% de las empresas gastronómicas.
“Este artículo nació enfocado en cierta forma al turismo y busca que las personas que tengan horarios vacíos puedan descansar, pero se ha ocupado poco porque genera dificultades para poder aplicarlo”, explicó Helen Kouyoumdiam, quien agregó que lo óptimo sería reemplazarlo por una adaptabilidad en el sector asociada a promedios de bolsas de horas.
La propuesta desde el turismo
Desde Fedetur recalcaron que es muy importante que la ley considere adaptabilidad para el sector turístico y que incluya a todos sus subsectores.
“El concepto de adaptabilidad estaba presente en el proyecto original, que se aprobó en noviembre de 2019. Sin embargo ahora, en las indicaciones que se presentaron el 23 de agosto, esta no aparece, o no lo vemos”, declaró Kouyoumdjian.
La Federación indicó a la Comisión de Trabajo la importancia de mirar legislaciones europeas que ya aplican una jornada laboral con distribución en base a promedio de horas.
“Este promedio de horas nos permitiría acordar, por ejemplo, una jornada semanal de 40 horas que se pueda promediar en periodos bimensuales o trimestrales. Así, trabajar cuatro semanas 60 horas, cuando se tenga una alta demanda, y las cuatro siguientes semanas 20 horas. Todo esto con la restricción de no trabajar más de 10 horas diarias”, detalló.
La idea, dicen, es seguir el ejemplo de países como Francia, Finlandia y Suecia, donde se promedia la jornada laboral de forma mensual.
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